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Organizaciones
no gubernamentales
(ONGs)
Las
ONG y el Departamento de Información Pública
de las Naciones Unidas: algunas preguntas y respuestas
Las
ONG y su relación con el Consejo Económico y Social
Las
palabras iniciales de la Carta
de las Naciones Unidas son: "Nosotros los pueblos
de las Naciones Unidas". Esta es posiblemente la declaración
más clara de que las Naciones Unidas no pertenece solamente
a los Estados. Es parte de la herencia común de toda
la humanidad. Pertenece a todos. Es de cada uno y de todos
nosotros, es una institución única, es un mecanismo
que nos une a todos en nuestros esfuerzos para construir un
mundo mejor. Es una expresión de fe humana y confianza
en el futuro.
"Vivimos
en una era en la cual las relaciones internacionales ya
no están dominadas por los Estados como actores únicos.
Los participantes incluyen a las organizaciones no gubernamentales,
a los parlamentos nacionales, a las compañías
privadas, a los medios de comunicación, a las universidades,
a los intelectuales, a los artistas y a cada mujer y a cada
hombre que se considere parte de la gran familia humana".
Kofi
Annan, Secretario General
Messina, Italia, abril 1997.
inicio
¿Qué
es una ONG?
Una
organización no gubernamental (ONG) es cualquier grupo
no lucrativo de ciudadanos voluntarios, que está organizada
a nivel local, nacional o internacional. Con tareas orientadas
y dirigidas por personas con un interés común,
las ONG realizan una variedad de servicios y funciones humanitarias,
llevan los problemas de los ciudadanos a los Gobiernos, supervisan
las políticas y alientan la participación de
la comunidad. Proveen de análisis y experiencia, sirven
como mecanismos de advertencia temprana y ayudan en la supervisión
e implementación de acuerdos internacionales. Algunas
están organizadas sobre temas específicos, tales
como los derechos humanos, el medio ambiente o la salud. Su
relación con las oficinas y las agencias del sistema
de las Naciones Unidas difiere dependiendo de sus metas, ubicación
y mandato.
Más
de 1,500 ONG con sólidos programas de información
sobre temas relacionados con las Naciones Unidas están
asociadas con el Departamento de Información Pública
(DIP), dándole a las Naciones Unidas valiosos vínculos
con las personas alrededor del mundo. El DIP ayuda a las ONG
a tener acceso y difundir información acerca de la
gama de temas en los cuales las Naciones Unidas está
involucrada, para facilitarle al público el mejor entendimiento
de logros y objetivos de la Organización mundial.
inicio
¿Cómo
cooperan las ONG y el DIP?
El
Departamento de
Información Pública y las ONG cooperan regularmente.
Las ONG asociadas al DIP difunden información acerca
de la ONU entre sus miembros, aumentando así el conocimiento
que sus bases tienen sobre la Organización y el apoyo
que éstas brindan a la misma. Esta difusión
incluye:
- Difundir
las actividades de la ONU alrededor del mundo sobre temas
tales como la paz y la seguridad, el desarrollo económico
y social, los derechos humanos, los asuntos humanitarios
y el derecho internacional;
- Promocionar
las observancias de la ONU y los años internacionales
establecidos por la Asamblea General para enfocar la atención
mundial en temas importantes que enfrenta la humanidad.
inicio
¿Cuándo
inició la relación del DIP con las ONG?
La
importancia de trabajar con y a través de las ONG como
parte integral de las actividades de información de
las Naciones Unidas se reconoció cuando el Departamento
de Información Pública se estableció
en 1946. La Asamblea General en su resolución 13 (I)
dio instrucciones al DIP y a sus oficinas de:
"...
ayudar y fomentar los servicios de información nacionales,
las instituciones educativas y otras organizaciones gubernamentales
o no gubernamentales, interesadas en la distribución
de información sobre las Naciones Unidas. Con éste
y otros fines en mente, debe mantenerse un servicio completo
de referencias, asignar o proporcionar conferenciantes y
debe poner al alcance de estas organizaciones u organismos
sus publicaciones, películas informativas, anuncios,
carteles y otras exposiciones gráficas".
En
1968 el Consejo Económico y Social a través
de la resolución 1297 (XLIV) del 27 de Mayo exhortó
al DIP para que asociara a las ONG tomando en cuenta la carta
y el espíritu de su resolución 1296 (XLIV) del
23 de Mayo de 1968, la cual establece que una ONG "
deberá
comprometerse a dar su apoyo a la labor de las Naciones Unidas
y a fomentar la divulgación de sus principios y actividades,
de conformidad con sus propias finalidades y propósitos
y con la naturaleza y el alcance de su competencia y sus actividades".
inicio
¿Cuál
es el criterio de las ONG para asociarse al DIP?
Las
organizaciones que se pueden asociar al DIP son las que:
- Compartan
los ideales de la Carta de las Naciones Unidas
- Operen
solamente con bases no lucrativas
- Tengan
un interés demostrado en los temas de las Naciones
Unidas y una habilidad probada para alcanzar audiencias
grandes o especializadas, tales como educadores, representantes
de los medios de comunicación, políticos
y a la comunidad de negocios
- Tengan
el compromiso y los medios para conducir programas de
información efectivos acerca de las actividades
de la ONU a través de la publicación de
boletines, comunicados, folletos; organizando conferencias,
seminarios, mesas redondas y consiguiendo la cooperación
de los medios de comunicación.
inicio
¿Cuál
es el procedimiento para que las ONG se asocien al DIP?
Una
ONG que cuente con el criterio establecido, debe enviar una
carta oficial desde su sede al Director del Departamento de
Información Pública de la Sección de
ONG, expresando su interés de asociarse al DIP. La
carta debe incluir las razones por las cuales la organización
solicita dicha asociación y debe describir brevemente
sus programas de información. Esta carta debe ir acompañada
de por lo menos seis muestras de material de información
reciente, producido por la organización interesada.
Las cartas de referencia de los departamentos de la ONU, de
los programas y agencias especializadas de las Naciones Unidas,
y/o de los centros y servicios de información de la
ONU (CINU y SINU), aumentarán considerablemente la
consideración de la aplicación.
La
correspondencia debe ser enviada a:
Chief,
NGO Section
Department of Public Information
Room S-1070L
United Nations, New York, NY 10017
Tel:(212)963-6842
Fax:(212) 9 63-6914/2819
Una
vez que el proceso de aplicación haya terminado, el
Comité del DIP Encargado de las Organizaciones no Gubernamentales
revisará las solicitudes en sus sesiones programadas.
Los aspirantes serán notificados inmediatamente de
los resultados de las deliberaciones del Comité. Las
ONG asociadas serán posteriormente invitadas a designar
a su representante principal y a sus suplentes ante el Departamento
de Información Pública.
NOTA:
La asociación de las ONG al DIP no constituye su
incorporación al sistema de Naciones Unidas, ni da
derecho a las organizaciones asociadas o a su personal a
ningún tipo de privilegios, inmunidad o condición
especial.
inicio
¿Tiene
el DIP/ONG un mecanismo representativo?
Sí.
La comunidad del DIP/ONG elige a un Comité Ejecutivo
que consta de 18 miembros para que actúen con capacidad
consultiva y de enlace, como canal de información y
para representar los intereses de las ONG asociadas al DIP.
Este Comité está constituido por ONG de diferentes
partes del mundo cuyos representantes en Nueva York son electos
por periodos de dos años. El Comité Ejecutivo
colabora con la Sección del DIP/ONG en eventos, programas
e iniciativas de interés mutuo, incluyendo la organización
de la Conferencia Anual del DIP/ONG.
El
Comité Ejecutivo del DIP/ONG no es parte del Departamento
de Información Pública. La relación de
las ONG con el DIP es independiente de su relación
con el Comité Ejecutivo. Se insta a las ONG asociadas
con el DIP a mantener un contacto regular con la Sección
del DIP/ONG.
inicio
¿Cómo
apoya el DIP a las ONG?
La
Sección del DIP/ONG en la Sede de las Naciones Unidas
brinda ciertos servicios a sus organizaciones asociadas por
ejemplo, la Sección:
- Organiza
y coordina, en colaboración con el Comité
Ejecutivo del DIP/ONG, la Conferencia Anual del DIP para
las Organizaciones No Gubernamentales. Este foro internacional
reúne a altos funcionarios del sistema de la ONU,
a destacadas ONG internacionales, a académicos,
a los líderes de opinión pública
y a los medios de información internacionales para
discutir temas de preocupación mundial
- Organiza
reuniones informativas semanales para la comunidad de
ONG en la ONU sobre la gama de asuntos internacionales.
Los ponentes en estas reuniones son altos funcionarios
del sistema de las Naciones Unidas, delegados de Estados
Miembros y ONG experimentadas en el tema tratado en la
reunión
- Proporciona
a un representante principal y a uno alterno de las ONG,
permisos de acceso a reuniones abiertas de los cuerpos
de la ONU; a los archivos de fotografías, películas
y audio del DIP; a la Biblioteca Dag Hammarskjold y, como
observadores, a las reuniones de unos 22 comités
de ONG organizadas por la Conferencia sobre ONG reconocidas
como entidades consultivas por el ECOSOC (CONGO)
- Coordina
programas de información de forma conjunta con
el DIP/ONG
- Conduce
un curso anual de orientación para los representantes
de ONG de nueva acreditación
- Publica
el Directorio Anual del DIP/ONG, el cual enlista alfabéticamente
a todas las ONG asociadas, por región y por tema
de especialización
- Mantiene
el Centro de Referencia de las ONG, el cual ofrece:
-
Acceso a los documentos actuales de la ONU y a los
comunicados de prensa
- Envíos
regulares de materiales de información de la
ONU a las sedes de todas las ONG asociadas
- Una
videoteca con una colección extensa de videos
de la ONU, para su préstamo y
- Una
selección de publicaciones del sistema de Naciones
Unidas actualizada continuamente.
Para
mayor información comunicarse al DPI/NGO Resource Centre:
Room
L-1B-31
United Nations, New York, NY 10017
Tel.: (212) 963-7233
Fax: (212) 963-2819
Una
excelente fuente de información sobre las actividades
del DIP/ONG es la dirección en Internet
de la sede de la ONU.
Además
de la colaboración con el DIP en la Sede, se alienta
a la comunidad de ONG a mantener contacto regular y cercano
con los centros de información de las Naciones Unidas
(CINU) y con los servicios de información de las Naciones
Unidas (SINU) en todo el mundo para que tengan acceso a la
información de las Naciones Unidas y organicen proyectos
de manera conjunta.
¿Cuáles son las responsabilidades de las ONG
asociadas al DIP?
Desde la fundación de las Naciones Unidas en San Francisco,
las ONG han hecho valiosas contribuciones a la comunidad internacional,
atrayendo la atención hacia los problemas, sugiriendo
ideas y programas, difundiendo información y movilizando
a la opinión pública en apoyo a las Naciones
Unidas y a sus agencias especializadas. La sociedad con el
DIP constituye un compromiso para este efecto. Se espera que
las ONG asociadas dediquen una parte de sus programas de información
para promover el conocimiento sobre los principios y actividades
de las Naciones Unidas. Además, deben mantener informada
a la Sección del DIP/ONG sobre sus actividades, entregando
regularmente muestras de sus materiales de información
relacionados con el trabajo de las Naciones Unidas. Estas
también están disponibles para su lectura en
el Centro de Referencia DIP/ONG.
Reconociendo
a las organizaciones no gubernamentales como actores importantes
en el ámbito internacional, al entrar al siglo veintiuno,
el Secretario General, Kofi Annan comentó, "
debemos
forjar una alianza fundamentalmente nueva con la sociedad
civil. Debemos esforzarnos por alcanzar una nueva síntesis
entre la iniciativa privada y el bienestar público,
que fomente la empresa y los enfoques de mercado junto con
la responsabilidad social y ambiental"
Mensaje
de la Conferencia Sur-Sur, en San José, Costa Rica,
en enero de 1997
inicio
Las
ONG y su relación con el Consejo Económico y
Social
¿Qué
es una ONG reconocida como entidad consultiva del Consejo
Económico y Social?
Muchas
ONG activas en el campo del desarrollo económico y
social han sido reconocidas como entidades consultivas del
Consejo Económico y Social.
El
artículo
71 de la Carta estipula que "El Consejo Económico
y Social podrá hacer arreglos adecuados para celebrar
consultas con organizaciones no gubernamentales que se ocupen
en asuntos de la competencia del Consejo". Dichos arreglos
están regidos por la resolución 1296 (XLIV)
del 23 de mayo de 1968 de ECOSOC, la cual toma medidas para
que las ONG sean reconocidas como entidades consultivas con
ECOSOC y para que sostengan consultas con su secretaria.
Recientemente,
después de tres años de negociaciones, ECOSOC
revisó sus medidas de consulta con las ONG en julio
de 1996. Un primer resultado fue la resolución 1996/31
de ECOSOC, la cual enmendó las medidas para las consultas
de las ONG con ECOSOC. Esta estandarizó las medidas
de acreditación de las ONG para las conferencias de
la ONU, modernizó el proceso de aplicación para
entidades consultivas con ECOSOC y decidió que las
ONG nacionales podrían ser elegidas para aplicar. Se
le otorga el nombre de "entidades de carácter
consultivo general" a las ONG internacionales que trabajan
en casi todos los puntos de la agenda de ECOSOC; el de "entidades
de carácter consultivo especial" es otorgado a
las ONG que tienen competencia en algunas áreas de
la agenda de ECOSOC y el de "lista" es otorgado
a las ONG que ECOSOC considera pueden hacer contribuciones
útiles ocasionales a su trabajo.
Un
segundo resultado de la revisión de ECOSOC en julio
de 1996 fue la decisión 1996/297, que recomienda que
la Asamblea General examine, en su quincuagésima primera
sesión, el tema de la participación de las ONG
en todas las áreas del trabajo de la ONU, en vista
de la experiencia obtenida a través de las medidas
consultivas entre las ONG y ECOSOC. Posteriormente en el Grupo
de Trabajo de la Asamblea General que evaluaba el fortalecimiento
del sistema de la ONU se formó un subgrupo de ONG.
Este subgrupo, que trabaja en forma continua, está
examinando lo concerniente al acceso de las ONG, en particular
lo que se refiere a la Asamblea General.
ECOSOC
decide reconocer como entidades consultivas a las ONG basándose
en las recomendaciones del Comité Intergubernamental
sobre Organizaciones No Gubernamentales. Este Comité
se compone de 19 Estados Miembros y se reúne anualmente.
Para mayor información, comunicarse a:
Non-Governmental
Organizations Unit
Division for Policy Coordination and ECOSOC Affairs,
DPCSD
Room DCI-1070
United Nations
New York, NY 10017
La
Conferencia sobre Organizaciones No Gubernamentales reconocidas
como entidades consultivas por el Consejo Económico
y Social (CONGO, por sus siglas en inglés), sirve como
una voz representativa de las ONG reconocidas como entidades
consultivas por ECOSOC. Sus objetivos son asegurar que las
ONG disfruten de todas las oportunidades y de los medios apropiados
para realizar sus funciones consultivas, proporcionar un foro
para el proceso consultivo y convocar a reuniones de las organizaciones
miembros para intercambiar puntos de vista sobre temas de
interés común.
Las
ONG reconocidas como entidades consultivas con ECOSOC, que
cuenten con programas importantes de información pública
pueden asociarse al DIP a través de una solicitud escrita
a la Sección del DIP/ONG.
Como conseguir estatus consultivo con ECOSOC
1.Primero una carta de intención:
Para iniciar el proceso de aplicación para estatus consultivo, la organización debe enviar una carta de intención a la sección de ONG's del Department of Economic and Social Affairs, tambien llamado el Secratariado. La carta debe estar a la cabeza del comunicado y debe ser firmada por su secretario-general o presidente.
La carta es muy importante! Por favor enviar a:
DESA NGO Section
One UN Plaza. Room DC1-1480
New York, NY 10017
tel: (1-212) 963-8652
fax: (1-212) 963-9248
desangosection@un.org
2. Aplicación: Cuestionario + Resumen + Documentos de apoyo:
Una vez que la Sección ONG reciba la carta de intencion, enviara a la organización el paquete de aplicación, este contiene el cuestionario y todos los materiales necesarios. La aplicación y el cuestionario son llenados por la ONG que esta aplicando para estatus consultivo. Las preguntas que respectan al correcto llenado de la aplicación y el cuestionario deberan estar dirigidas a la Sección ONG. Las formas de aplicación tambien se encuentran listas para ser bajadas de internet en la seccion de documentos de la pagina de ECOSOC.
Las aplicaciones solo seran aceptadas en uno de los dos idiomas oficiales del Secretariado de NU: Inglés o Francés.
Las aplicaciones completadas deberan ser recibidas antes del primer dia de Junio de cada año antes de que la ONG quiera ser considerada para recomendacion por el Comité. Por ejemplo, aplicaciones completadas ( que incluyen un cuestionario completado y toda la documentación) recibidas por la Sección ONG antes del primero de junio de 2008, seran llevadas ante el Comité de ONG's en el año 2009. Las aplicaciones recibidas entre el primero de junio 2008 y primero de junio 2009 seran llevadas ante el comité en el año 2010.
3. Análisis de aplicaciones por parte de la Sección ONG.
El período entre el primero de junio y la fecha en la que el Comité se reune, es dedicada por la Sección ONG para revisar las aplicaciones. Durante este tiempo la ONG puede ser contactada para pedirle mas información o clarificación sobre algún tema. Solo después de ser analizada por un oficial y considerada completa, la aplicación es llevada ante el Comité de ONG's.
Cuando una aplicación se convierte en parte de la agenda del Comité de ONG's una carta es enviada a la ONG informándoles de la sesión próxima e invitándoles a enviar no mas de dos representantes para que estén presentes durante la sesión. La presencia de un representante(s) de la ONG no es obligatoria y no implica ninguna ventaja. Las ONG's simplemente tienen el derecho a estar presentes cuando sus aplicaciones están siendo consideradas. Tomando en cuenta el costo de viajar a Nueva York, muchas de las ONG's no se presentan en esta primera sesión, pero si salen preguntas de los países miembro y la aplicación es llevada a otra sesión las ONG's deben consideran presentarse a esta segunda sesión para responder en persona y evitar ser llevados a una tercera sesión.
Entre otros requerimientos para obtener estatus consultivo están los siguientes:
- Las actividades de la organización que está aplicando deben ser relevantes con el trabajo de ECOSOC.
- La ONG debe estar oficialmente registrada como tal por un plazo mínimo de dos años para poder aplicar.
- la ONG debe tener un mecanísmo democrático para tomar decisiones.
- La mayor parte de los fondos de la organización deben ser derivados de contribuciones por parte de afiliados nacionales, miembros individuales, y otros componentes no gubernamentales.
4. El Comité de Organizaciones No-Gubernamentales.
El Comité se reune dos veces al año para decidir que ONG's de las aplicantes para estatus consultivo recomendarán al Consejo de ECOSOC. En cualquier momento, el comité puede hacer preguntas a la ONG. Estas preguntas son enviadas por fax inmediatamente y deben ser contestadas por la ONG lo antes posible, ayudando así al Comité a tomar una decisión y evitar ser enviada a sesiones futuras.
Los principales objetivos del Comité son:
- La consideración de aplicaciones para estatus consultivo y solicitudes para reclasificación enviadas por las ONG's.
- La consideración de los reportes enviados por las ONG's cada cuatro años en las categorias de General y Especial.
- La implementación de las provisiones de la resolución 1996/31 del Consejo así como el monitoreo de relaciones consultivas.
- Cualquier otra situacion que ECOSOC pida que el Comité considere.
5. El Comité unicamente recomienda:
Las recomendaciones del Comité son publicadas en un reporte y llevadas ante la siguiente junta de ECOSOC para aprobación final. La notificacion oficial es enviada a todas las ONG's que fueron revisadas, informandoles asi de la recomendación del Comité.
El Comité puede recomendar una categoria diferente a la solicitada por la ONG. Tambien, el Comité puede decidir llevar la aplicación a la próxima reunión para su discusión, esperando la clarificación y respuesta a las preguntas hechas a la ONG.
6. Decision final de ECOSOC:
Cuando el Concejo finalmente apruebe la recomendación del Comité para dar estatus consultivo a una ONG, la notificación oficial es enviada por el Secretariado. Las ONG's a quienes se da estatus consultivo General o Especial, deberán, cada cuatro años, entregar un breve reporte de sus actividades, en particular de aquellas actividades que representen una contribución al trabajo de las Naciones Unidas.
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